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Comunicado 25: Informa sobre retorno presencial

Comunicado 25: Informa sobre retorno presencial

Cabe señalar que en ningún momento Andime fue Consultado sobre nueva  resolución y sólo nos enteramos cuando fue enviada a los correos de todos los  funcionarios/as del país. 

Estimados Compañeros y Compañeras: 

Junto a un cordial saludo y esperando se encuentren bien junto a sus familiares,  informamos lo siguiente: 

1.Antecedentes: 

Reuniones Mesa Nacional COVID y temas informados: Se han realizado este mes  dos reuniones Mesa COVID Nacional el 13 de octubre (Informada en comunicado 24) y el viernes 28 de octubre recién pasado. 

En comunicado N ° 24 de Andime, emitido el 18 de octubre del presente año, el directorio nacional informa sobre primera reunión en donde da cuenta de los casos  resueltos a nivel nacional, retorno masivo, iniciado en el mes de agosto, acordando  con la autoridad tener presentes las excepcionalidades dependiendo de la fase en que se encuentra cada territorio y su contexto. (enfermos, madres o padres con niños  en el sistema educativo semipresencial), entre otros. Se nos informa de cambio de  resolución producto de las nuevas normativas de la autoridad sanitaria y el término  del estado de excepción. Además, presenta protocolo para implementación de  procedimientos y mecanismos de resguardo en pandemia en la cual el gremio debe  tener participación. Ante esta situación, Andime solicita sea enviado formalmente  documento para realizar las observaciones pertinentes si el caso lo amerita de parte  de todo el Directorio Nacional. El día 28, Andime presenta observaciones,  quedando pendientes varios descriptores o enunciados generales en los cuales no se  llega a acuerdo, por lo que se termina la reunión volviendo el Directorio nacional a  analizar documento en las partes faltantes; dada la situación que se está dando por  pandemia. 

Cabe señalar que en ningún momento Andime fue Consultado sobre nueva  resolución y sólo nos enteramos cuando fue enviada a los correos de todos los  funcionarios/as del país. 

  1. Dado lo anterior y preocupados por el funcionamiento de las mesas COVID territoriales se hace encuesta de su funcionamiento y los temas abordados lamentablemente debemos señalar que hay directorios provinciales de Andime,  que ni siquiera han respondido , relevando que dicha respuesta, nos permitiría  ver el estado del arte, recabando antecedentes como Directorio Nacional, Cabe  señalar, que son los directorios que hoy en su mayoría presentan más 

problemas. Situación además, socializada desde la autoridad que también  recoge información. 

  1.  Emisión de nueva resolución: La última resolución N ° 5612, del 28 de octubre  de 2021 de la Subsecretaría de Educación recientemente emitida determinó el  retorno en pandemia a labores presenciales con jornada completa a todo el personal  de la Subsecretaría de Educación, sus Secretarías Regionales Ministeriales,  Departamentos Provinciales de Educación, Subsecretaría de Educación  Parvulario(Res.N° 357 -28/10/2021) y Centro de Perfeccionamiento, Experimentación  e Investigaciones Pedagógicas, San Camilo, a contar del lunes 8 de noviembre. Lo anterior, en el marco de la nueva resolución por retorno del MINSAL, N ° 971 del 21  de septiembre del 2021. Cabe señalar que la resolución está en análisis de asesora jurídica para ver los alcances que tiene
  2.  ¿Que indica la nueva resolución?: Es importante tener presente, que la  resolución establece que podrán realizar trabajo por turnos o de manera remota, los  trabajadores y trabajadoras que acrediten mediante un certificado médico una  condición de salud que les sea incompatible con el trabajo presencial, lo cual será  evaluado por una Mesa Técnica que formará la Subsecretaría de Educación. En la  cual se ha estado trabajando en los protocolos y que incluye a otros actores relevantes. También se solicitó se hiciera extensiva a las otras subsecretarías y DEP. 

Literalmente la “nueva resolución”, aborda al pie de la letra lo declarado en la resolución 971 del 21 de septiembre del MINSAL en donde considerarán, las  siguientes situaciones:  

Excepcionalidades: 

  • Embarazo de riesgo.  
  • Inmunosupresión adquirida o farmacológica por cualquier causa, en  tratamiento. 
  • Trasplantados con terapia inmunosupresora, en tratamiento. 
  • Patología cardiovascular en estudio o tratamiento: Insuficiencia cardiaca etapa  C (sintomática), fibrilación auricular o flutter, cardiopatía isquémica reciente  (menor de 6 meses), cardiopatía valvular crónica que incluya afectación  valvular al menos moderada de una o más válvulas. 
  • Enfermedad renal crónica etapa 3, 4 o en diálisis.  
  • Daño hepático crónico child B y C. 
  • Patología del sistema respiratorio: Asma grave, enfermedad pulmonar  obstructiva crónica (EPOC) o fibrosis pulmonar, hipertensión pulmonar en  tratamiento. 
  • Obesidad con IMC mayor a 40. 
  • Patología oncológica en estudio o tratamiento. 
  • Diabetes Mellitus Tipo 2, con descompensación y hospitalización reciente,  menor a 6 meses.

Procedimientos para informar: Quienes posean alguna de estas patologías deberán  certificar dicha condición en un plazo de diez días hábiles desde publicada la  resolución (28 de octubre) enviando la documentación al mail  informacion.covid19@mineduc.cl

Horario:Los funcionarios y funcionarias autorizadas deberán cumplir sus labores  mediante trabajo remoto en jornadas habituales de 9:00 a 18:00 horas, de lunes a  jueves y el viernes de 9:00 a 17:00 horas, en el domicilio registrado para cumplir con  la jornada de 44 horas semanales.  

Otros casos de excepcionalidad: 

  • Espacios e infraestructura: Que la oficina ministerial no cumpla con los  espacios físicos que permita la total presencialidad. Si es así la jefatura de  División/Departamento deberá incorporar al personal mediante turnos. De ser  así se aplicarán turnos presenciales, rotativos y permanentes, distribuidos sin  distinción. En tanto, cuando se les asigne trabajo remoto deberán hacerlo en  las jornadas habituales de 9:00 a 18:00 horas, de lunes a jueves y el viernes  de 9:00 a 17:00 horas, en el domicilio registrado. 
  • Hijos menores de 13 años en etapa escolar: Quienes tengan a su cargo  hijos/as menores de 13 años, acreditado previamente, mantendrán el régimen  excepcional, pero solo los días que los niños/as no acudan a los  establecimientos educacionales y solo será vigente hasta el 15 de noviembre.  
  • Trabajadores a honorarios: Los trabajadores a honorarios que desarrollaban  labores remotas a la fecha deberán seguir en la misma modalidad. Indicando  que en cualquiera de estas condiciones las jefaturas de igual manera podrán  citar a los trabajadores/as a realizar trabajo presencial dentro de los horarios  establecidos. 

Medidas extraordinarias 

Flexibilidad horaria:  

Se permite el ingreso a las dependencias ministeriales desde las 7:00 a las 10:00 AM  y las salidas entre lunes y jueves a las 16:00 y 19:00 horas y viernes entre 15:00 y  18:00 horas. Esto, debe ser coordinado con las respectivas jefaturas y debe ser  informado al Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas. 

3.Otros: 

Tanto a los trabajadores/es como a cualquier otra persona que ingrese al servicio se  exigirá: control de temperatura, uso de alcohol gel, uso permanente de mascarillas,  distanciamiento físico y la implementación de medidas especiales de limpieza y  desinfección continua. 

4.Gestión de los Directorios Nacionales y Provinciales: 

  1. a) El directorio nacional, ya ha enviado el día de hoy a asesora jurídica resolución  para ver los alcances que tiene desde el punto de vista jurídico. 
  2. b) Se invita nuevamente a todos los directorios provinciales a analizar resolución con sus bases de asociados/as y enviar observaciones al correo: secrenacional@miineduc.cl

con copia a: 

andime.secretaria@miineduc.cl, a más tardar el día jueves a las 12 horas, para  vaciar información y sistematizar aportes que serán insumos para el análisis de la  resolución., en pro de potenciar la participación de los socios y socias a nivel país. 

c)Una vez recopilada toda la información, El directorio nacional realizará análisis gremial y propondrá a la autoridad cambios si los antecedentes y la situación lo  amerita. 

  1. c) Cabe señalar que nueva resolución entra en vigor 7 días hábiles una vez  oficializada. 

Atentamente, 

Directorio Nacional 

¡Solo la unidad y perseverancia ante las demandas de trabajadores nos hará  invencibles!

Sobre el Autor

ANDIME Es la Asociación de Funcionarios del Ministerio de educación de Chile que agrupa a todos los trabajadores y reivindica derechos laborales pero también cuenta con propuesta educacional. Como Sindicato los temas ciudadanos y el Fortalecimiento del Estado permitirán lograr el bienestar social, el término de la desigualdad y el fortalecimiento de la democracia para la Paz social.

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