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Antecedentes Reajuste Sector Público

Antecedentes Reajuste                                  Sector Público

Junto con saludarlos/as y desear que se encuentren bien de salud, informamos sobre reajuste sector público para su conocimiento y análisis.

Estimados Compañeros/as, socios, socias y dirigentes:

Junto con saludarlos/as y desear que se encuentren bien de salud, informamos sobre reajuste sector público para su conocimiento y análisis.

Cabe señalar que este martes la Cámara de Diputados aprobó y despachó el Proyecto de Ley sobre reajuste salarial y condiciones laborales del Sector Público para ser promulgado como Ley de la República, pese a la transversal oposición del mundo sindical. Como Asociación Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Ministerio de Educación (ANDIME) desde el principio nos pronunciamos en contra de la propuesta del gobierno, ya que la consideramos mezquina. Es por ello por lo que, valoramos los esfuerzos que se hicieron desde la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales y las organizaciones miembros de la Mesa del Sector Público y la Central Unitaria de Trabajadores, quienes lograron presionar a las bancadas parlamentarias para modificar aspectos relevantes de la iniciativa original. Sin embargo, estamos conscientes que esta norma que se promulgará no representa en ningún caso el sentir de los trabajadores y trabajadoras, quienes sufrirán un nuevo golpe a sus bolsillos y se deberán hacer cargo una vez más de los costos de la crisis sanitaria y económica. Puesto que se impone un proyecto de ley que significa una pérdida de poder adquisitivo para los funcionarios y funcionarias del Estado.

En ese marco, el nuevo reajuste salarial de 2021 para el sector público, según lo informado por la Cámara de Diputados, considera un reajuste diferenciado, al 1 de diciembre de 2020, para los funcionarios cuyas remuneraciones brutas sean iguales o inferiores a dos millones de pesos, el aumento será de 2,7% (equivalente al IPC acumulado a noviembre), alcanzando con ello al 90% de los funcionarios; en tanto que, para quienes superen el mencionado margen de ingreso, el incremento será de 0,8%.  excluyendo del beneficio a las rentas altas del sistema público y autoridades.

Por otro lado adicionalmente, se contemplan los aguinaldos de Navidad y Fiestas Patrias, así como los Bonos de Escolaridad y de Vacaciones. Estos beneficios también tienen un perfil escalonado que excluye a las remuneraciones mayores. También considera la entrega del “Bono de emergencia sanitaria Covid-19”, para los trabajadores de la salud y un bono de término de conflicto, entre otros.

También es importante señalar que, dentro de las modificaciones realizadas por el senado, se reincorporaron tres normas que fueron rechazadas en el primer trámite. La primera de ellas dice relación con establecer un límite de cuatro mil honorarios que pueden ser traspasados a contrata; La segunda se relaciona con el control de horario de determinados funcionarios en funciones de teletrabajo. Ambas fueron restablecidas en los mismos términos originales. La tercera disposición corresponde a un mecanismo de incentivo al retiro que varió en su letra y fondo. En lo medular, define una indemnización equivalente al total de las remuneraciones por año de servicio, con un máximo de seis, siempre que tengan 75 o más años al 31 de diciembre de 2020 y hagan efectiva su renuncia voluntaria entre la fecha de publicación de la presente ley y el 30 de junio de 2021. Solo se computará el tiempo en calidad de planta y a contrata. Además, se especifican otros detalles de este mecanismo de incentivo y condiciones.

Dado lo anterior, es importante señalar en este caso el artículo 84 (renuncia voluntaria a los 75 años), en donde la indemnización será el promedio de las 12 últimas remuneraciones (art. 154 Estatuto Administrativo) y los cupos dejados serán llenados de acuerdo con lo estipulado en el artículo 18 de la ley 20.948. dicho de otra manera, no llegará ningún nuevo funcionario, pues el lugar lo ocupará un Honorario que pasará a la Contrata.

Asimismo,  el Senado eliminó dos disposiciones: una referida al cese de labores de funcionarios del Sename y otra que elevaba de 0,6% a 3,1% la cotización que puedan percibir las Cajas de Compensación de Asignación Familiar por la administración de prestaciones por incapacidad laboral. También se hicieron ajustes en la definición de pequeño productor agrícola en lo que respecta al Instituto de Desarrollo Agropecuario.

Por otra parte, se agregan nuevos artículos uno para conocer la forma en que se entregará el bono especial a los honorarios del sector de salud (punto que había sido comprometido en la Cámara) y al personal del Hospital Clínico de la Universidad de Chile (J.J. Aguirre), así como al personal de los hospitales institucionales. Por otro lado también se incluye otro para que se informe sobre el personal de jardines VTF que podrá acceder a la cobertura del reajuste del sector público, también suprime una norma de la Ley de Asistentes de la Educación Pública referida al número de horas de formación presencial que deben tener los profesionales que trabajan con emisión de diagnósticos a los alumnos y por último uno para sancionar a los operadores del transporte público que no den cumplimiento a la rebaja de tarifas a estudiantes o a adultos mayores. Para el caso se entenderá que ha incurrido en una percepción indebida del subsidio.

DIRECTORIO NACIONAL DE ANDIME

¡¡¡ ANDIME CONTINÚA EN LA DEFENSA POR UN SALARIO DIGNO Y JUSTO PARA LOS TRABAJADORES Y SUS FAMILIAS!!!





Sobre el Autor

ANDIME Es la Asociación de Funcionarios del Ministerio de educación de Chile que agrupa a todos los trabajadores y reivindica derechos laborales pero también cuenta con propuesta educacional. Como Sindicato los temas ciudadanos y el Fortalecimiento del Estado permitirán lograr el bienestar social, el término de la desigualdad y el fortalecimiento de la democracia para la Paz social.

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